Acuerdo número 488 por el que se modifican los diversos
números 442, 444 y 447 por los que se establecen: el Sistema Nacional de
Bachillerato en un marco de diversidad; las competencias que constituyen el
marco curricular común del Sistema Nacional de Bachillerato, así como
las competencias docentes para quienes impartan educación media superior
en la modalidad escolarizada, respectivamente.
Dentro del artículo 1º del presente acuerdo se dice que tiene
por objeto establecer las competencias que deberán cumplir los docentes de las
instituciones educativas que en sus distintas modalidades impartan educación
del tipo medio superior y operen en el Sistema Nacional de Bachillerato. Así mismo
se utilizan recursos tecnológicos y nuevas tecnologías como apoyo a las
actividades de enseñanza y aprendizaje y armoniza con estas actividades el
papel de docente, puesto que ayuda a los estudiantes a alcanzar habilidades que
contribuyan a la búsqueda de información diversa y el logro de una buena comunicación.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario