Secretaria de Educación Pública (2009). Acuerdo Secretarial 488 por el
cual se modifica los diversos números 442, 444 y 447 por los que se establecen:
el Sistema Nacional de Bachillerato en un marco de diversidad; las competencias
que constituyen el marco curricular común del SNB, así como las competencias
docentes para quienes impartan educación media superior en la modalidad
escolarizada, respectivamente, México: SEP.
Como se menciona en el acuerdo 488 en este se reforman parte de los acuerdos
siguientes: en cuanto al acuerdo 442,
modifica el diagrama III.1.5, del Anexo Único y en el artículo 7 del acuerdo
numero 444 las competencias disciplinares básicas quedan organizadas en campos
disciplinares en relación a la reformación del acuerdo secretarial 488.
Campo disciplinar
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Disciplinas
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Matemáticas
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Matemáticas
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Ciencias experimentales
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Física,
química, biología y ecología.
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Humanidades y
Ciencias Sociales
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Filosofía, ética,
lógica, estética, derecho, historia, sociología, política, economía y
administración.
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Comunicación
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Lectura y
expresión oral y escrita, literatura, lengua extranjera e informática.
|
Por otro lado con relación al
acuerdo 447 se enlistan las competencias que
debe cubrir el docente que quiera impartir clases en las modalidades no
escolarizada y mixta en el SNB, las cuales se mencionan a continuación:
1. Complementa
su formación continua con el conocimiento y manejo de la tecnología de la
información y la comunicación.
2. Integra
las tecnologías de la información y la comunicación en el proceso de enseñanza-aprendizaje.
3. Guía
el proceso de aprendizaje independiente de sus estudiantes.
Cada una de estas competencias
cuenta con atributos que ayudan a su desarrollo.
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